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Nueva Reforma Pensional en Colombia: ¿Cómo te afecta según tu nivel de ingresos?

La entrada en vigencia de la nueva Ley Pensional (Ley 2381 de 2024) marca un hito histórico en el sistema de protección social en Colombia. El cambio más significativo es el paso de un modelo de competencia entre Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas, a un Sistema Unificado de Pilares, donde ambas entidades ahora colaboran y se complementan.

Si te preguntas cómo funcionará el sistema, qué pasará con tus ahorros o cómo debes cotizar a partir de ahora, en este artículo te explicamos los puntos clave y el proceso paso a paso según tu nivel de ingresos.

1. Los puntos principales de la Nueva Reforma Pensional

Antes de analizar los trámites según el salario, es importante destacar los beneficios transversales que trae la reforma:

  • Estructura por Pilares: El sistema se divide en cuatro pilares (Solidario, Semicontributivo, Contributivo y Voluntario).

  • Beneficio especial para Mujeres e Hijos: La exigencia de semanas para las mujeres disminuye de forma gradual de 1.300 a 1.000 semanas (meta hacia el año 2036). Además, se otorga un descuento de 50 semanas por cada hijo (máximo 3 hijos / 150 semanas), lo que permite a muchas mujeres pensionarse con tan solo 900 semanas.

  • Protección mediante Renta Vitalicia: Para quienes cumplan la edad de retiro (57 años mujeres / 62 años hombres) y no alcancen el requisito total de semanas, pero tengan entre 300 y 999 semanas, el sistema ya no devolverá un único saldo bajo, sino que otorgará una Renta Vitalicia mensual subsidiada por el Estado.

  • Cotización por Días o Fracciones: Se facilita la cotización en la planilla PILA para trabajadores informales o a tiempo parcial que ganan menos de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), permitiendo convertir días trabajados en semanas reales de pensión.

2. Personas que ganan hasta 2,3 Salarios Mínimos: ¿Cómo es el proceso?

Si tu Ingreso Base de Cotización (IBC) mensual es igual o inferior a 2,3 SMMLV, perteneces exclusivamente al Pilar Contributivo administrado por Colpensiones.

¿Cómo funciona el proceso?

  1. Destino único de aportes: El 100% de tu cotización obligatoria para pensión (el 16% de tu salario) ingresa directamente al Fondo Común Administrado por Colpensiones.

  2. Sin competencia de fondos: Ya no debes elegir ni trasladarte entre fondos privados para la cobertura básica, ya que Colpensiones centraliza la liquidación del beneficio de pensión de vejez.

  3. Cálculo de la pensión: Al cumplir los requisitos de edad (57 años mujeres / 62 años hombres) y semanas (según el régimen gradual o el beneficio por hijos), la pensión se calcula sobre el promedio de los ingresos cotizados en los últimos 10 años (Ingreso Base de Liquidación – IBL).

  4. Pensión Mínima Garantizada: Ninguna pensión bajo este pilar puede ser inferior a 1 Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

Trámite práctico: Si ya cotizas sobre este rango, el traslado del flujo de aportes hacia Colpensiones opera de forma coordinada dentro del sistema general de aportes (PILA). Tus semanas acumuladas en fondos privados se conservan y se consolidan en tu historial unificado.

3. Personas que ganan más de 2,3 Salarios Mínimos: ¿Cómo es el proceso?

Para quienes devengan ingresos superiores a 2,3 SMMLV, el proceso es un modelo mixto u obligatorio combinado, donde participan tanto Colpensiones como una AFP privada (Porvenir, Proteccion, Colfondos, Skandia, etc.).

¿Cómo se distribuyen los aportes?

El pago de tus aportes a pensión se divide en dos tramos:

  1. Primer tramo (Hasta 2,3 SMMLV) \ Colpensiones:

    • La fracción de tu salario correspondiente a los primeros 2,3 SMMLV se cotiza obligatoriamente en Colpensiones.

    • Este tramo constituye la base de tu pensión pública de prestación definida.

  2. Segundo tramo (El excedente por encima de 2,3 SMMLV)  AFP Privada:

    • La parte de tu salario que supere los 2,3 SMMLV va a una cuenta de ahorro individual administrada por la AFP de tu elección (Componente Complementario de Ahorro Individual – ACCAI).

¿Cómo se calcula la pensión final?

Al momento del retiro, tu mesada pensional se compone de dos sumandos:

{Pensión Total} = {Mesada Pública (Colpensiones)} + {Renta Complementaria (AFP Privada)}
 
  • Colpensiones liquida la parte pública sobre los 2,3 SMMLV cotizados.

  • La AFP toma el saldo acumulado en tu cuenta de ahorro individual (aportes del excedente + rendimientos financieros) y lo convierte en una renta vitalicia adicional que se suma a la mesada de Colpensiones.

Trámite práctico: Como trabajador con ingresos superiores a 2,3 SMMLV, debes seleccionar formalmente la AFP privada de tu preferencia para administrar la cuenta del tramo excedente. El trámite de recaudo y distribución del pago entre Colpensiones y la AFP se realiza automáticamente a través de la planilla PILA.

Conclusión y recomendaciones

La nueva reforma pensional busca garantizar una cobertura mínima para todos los trabajadores y optimizar los recursos del Estado. Para asegurar que tu transición al nuevo sistema sea transparente, ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. Revisa tu Historia Laboral: Solicita un extracto actualizado a tu fondo de pensiones actual y verifica que todos tus periodos laborados y cotizados estén reportados correctamente.

  2. Acredita a tus beneficiarios: Si eres mujer y tienes hijos, conserva sus registros civiles de nacimiento para solicitar el beneficio de descuento de semanas.

  3. Elige tu AFP para el excedente: Si ganas más de 2,3 salarios mínimos, evalúa las opciones de fondos privados para dirigir tus aportes complementarios de manera informada.

¿Tienes dudas sobre cómo impacta la reforma tu caso particular?

Cada historia laboral es única y los pequeños detalles marcan una gran diferencia en tu futura pensión. En Corban FC te ayudamos a revisar tus semanas cotizadas, verificar si aplicas a los beneficios por hijos o por edad, y diseñar una estrategia de cotización para asegurar tu tranquilidad.

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